La normativa andaluza de protección contra la contaminación acústica (Decreto 6/2012) exige a los locales de ocio nocturno —bares con música, pubs, discotecas, salas de conciertos— un estudio acústico que demuestre que la actividad no superará los niveles de inmisión permitidos en el interior de las viviendas colindantes. Este estudio es requisito imprescindible para obtener la licencia de apertura en el municipio de Granada.
Los límites son estrictos: 30 dBA en horario nocturno (23:00-07:00) en el interior de dormitorios de viviendas colindantes. Para cumplirlos, los locales de ocio necesitan aislamientos acústicos que pueden superar los 70 dB de diferencia de nivel según la potencia sonora emitida.
Decreto 6/2012 de protección contra la contaminación acústica en Andalucía, CTE DB-HR (protección frente al ruido), y ordenanza municipal de Granada contra el ruido y las vibraciones.
Requieren estudio acústico que justifique el aislamiento del cerramiento, la instalación de limitador-registrador de nivel sonoro y, frecuentemente, la construcción de una caja interior flotante (box-in-box).
El estudio acústico para un bar o discoteca en Granada incluye el cálculo predictivo del aislamiento necesario entre el local y los recintos protegidos (viviendas), considerando todos los caminos de transmisión: aérea directa a través de particiones, por flancos, por conductos de ventilación y transmisión estructural a través de forjados y medianeras.
Una vez ejecutado el acondicionamiento, se realizan mediciones in situ de aislamiento (UNE-EN ISO 16283) y de nivel de inmisión en las viviendas colindantes con el local a pleno rendimiento, para verificar el cumplimiento de los límites reglamentarios.
Obligatorio en todos los locales con música. El dispositivo mide continuamente el nivel sonoro en el interior del local y registra las superaciones del nivel máximo autorizado. Puede cortar la señal de audio cuando se supera el umbral programado.
Se realizan mediciones normalizadas de aislamiento a ruido aéreo (DnT,w) entre el local y las viviendas, así como de aislamiento a ruido de impactos (L’nT,w) cuando hay transmisión estructural relevante.
Incluye descripción constructiva del local, cálculo predictivo del aislamiento, especificaciones de los materiales absorbentes y aislantes, y prescripciones para la ejecución de la obra de acondicionamiento.
El estudio acústico que entregamos incluye: memoria descriptiva y justificativa, cálculos de aislamiento por todos los caminos de transmisión, especificación de soluciones constructivas (trasdosados, suelos flotantes, techos suspendidos, puertas acústicas), prescripciones para la instalación del limitador-registrador, y acta de mediciones in situ tras la ejecución.
En Granada, los locales de ocio del centro histórico (calle Elvira, Pedro Antonio de Alarcón, plaza Nueva) presentan retos especiales por la proximidad a viviendas y las limitaciones constructivas de los edificios antiguos.
Potencias sonoras elevadas (>100 dBA) que exigen aislamientos superiores a 75 dB. Normalmente requieren construcción de caja interior completamente desacoplada de la estructura del edificio.
Menor exigencia de aislamiento pero igualmente obligados a estudio acústico si reproducen música por encima del nivel de conversación normal.
Soltegra cuenta con ingenieros especializados en acústica arquitectónica que conocen en profundidad el Decreto 6/2012 y los criterios de los técnicos municipales de Granada. Redactamos estudios acústicos que se aprueban a la primera, sin subsanaciones.
Además, coordinamos el estudio acústico con la licencia de apertura y el proyecto de instalaciones, evitando incoherencias documentales y asegurando que las soluciones constructivas propuestas son compatibles con el resto de instalaciones del local.
¿Cuánto cuesta el estudio acústico?
Depende de la actividad, la potencia sonora y la complejidad del edificio. Contacta con nosotros para presupuesto personalizado.
¿Incluye las mediciones tras la obra?
Sí, nuestro servicio incluye la medición in situ de aislamiento y la emisión del certificado de cumplimiento.
¿Qué pasa si no cumplo los límites?
El Ayuntamiento puede denegar la licencia, exigir obras adicionales o, en locales en funcionamiento, imponer sanciones y cierre cautelar.