La normativa española exige documentación técnica de protección contra incendios (PCI) en la práctica totalidad de edificios y actividades que no sean vivienda unifamiliar. El marco legal se apoya en tres pilares fundamentales: el Código Técnico de la Edificación (CTE DB-SI) para edificación general, el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI) para naves y fábricas, y el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) para el diseño y mantenimiento de los equipos.
Los casos más habituales en los que se necesita un proyecto o memoria de PCI son:
En Granada, la tramitación de la licencia de apertura exige un informe favorable del Servicio de Prevención de Bomberos del Ayuntamiento para actividades calificadas. Conocer los criterios específicos que aplica el cuerpo de bomberos de Granada nos permite diseñar soluciones que superan la revisión sin reparos.
Un proyecto de protección contra incendios bien redactado cubre tanto la protección pasiva (compartimentación, resistencia al fuego, evacuación) como la activa (detección, extinción, alumbrado de emergencia). Nuestro alcance habitual incluye:
El resultado es un proyecto que cumple la normativa sin sobredimensionar las instalaciones, lo que optimiza la inversión del cliente sin comprometer la seguridad.
La protección contra incendios tiene matices muy distintos según el uso del edificio. Nuestra experiencia cubre las principales tipologías:
La seguridad contra incendios no admite errores: un proyecto mal dimensionado puede provocar el rechazo de la licencia o, peor aún, poner en riesgo a las personas. Esto es lo que garantizamos:
¿Mi local necesita rociadores automáticos?
Depende de la superficie, el uso y el nivel de riesgo. Los rociadores son obligatorios en establecimientos industriales de riesgo alto, garajes de gran superficie y locales de pública concurrencia que superen ciertos umbrales. Te indicamos con exactitud si aplica a tu caso.
¿Qué diferencia hay entre el CTE DB-SI y el RSCIEI?
El CTE DB-SI se aplica a edificación general (residencial, comercial, oficinas, pública concurrencia). El RSCIEI se aplica exclusivamente a establecimientos industriales. Algunos edificios mixtos requieren la aplicación de ambas normas simultáneamente.
¿Es necesario un plan de autoprotección?
Sí, es obligatorio para actividades incluidas en el Real Decreto 393/2007 (la Norma Básica de Autoprotección): hospitales, centros comerciales de gran superficie, hoteles de más de 200 plazas, edificios con ocupación superior a 2.000 personas, entre otros. Redactamos el plan y lo registramos ante Protección Civil.